El Departamento Económico de la Confederación de Empresarios de Cuenca CEOE CEPYME traslada a las empresas una nueva convocatoria de subvenciones para la contratación indefinida de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tanto de manera genérica como en sectores de actividad especialmente afectados por la crisis.
La nueva convocatoria afecta a contratos indefinidos iniciales con desempleados inscritos en el SEPECAM que sean mujeres, hombres menores de 30 y mayores de 65 años, colectivos alejados del mercado laboral según aptdo. 1 del art. 2 de la Ley 44/2007, de 13 de septiembre, y los participantes de los últimos 6 meses en acciones de mejora de la empleabilidad.
También afecta a contratos indefinidos iniciales de relevo y de sustitución por jubilación anticipada con desempleados inscritos en el SEPECAM; así como a víctimas de violencia de género acreditadas.
Otro tipo de subvenciones se ofrecen a las empresas de sectores de actividad especialmente afectados por la crisis para la contratación indefinida por la crisis económica para la recolocación de trabajadores y fomento de la estabilidad en el empleo. Estos sectores son: el inmobiliario, construcción y afines.
Los colectivos subvencionables para este último grupo son los no ocupados e inscritos en el SEPECAM que hayan desarrollado una actividad laboral durante mínimo 6 meses en sectores especialmente afectados por la crisis y cuyo cese se produjo a partir del 1-08-07. También serán subvencionables los mayores de 45 años procedentes de sectores especialmente afectados por la crisis cuyo cese laboral se produjo desde el 1-08-07 a los que les sea transformado por la misma empresa en indefinido a jornada completa un contrato temporal de no más de 6 meses de duración.
Las entidades beneficiarias serán las empresas, entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, agrupaciones de personas físicas y jurídicas cuya contratación que solicita subvención suponga un incremento neto del empleo fijo en relación al promedio de la plantilla en los 6 meses anteriores a la contratación, incluyendo bajas voluntarias como no voluntarias.
Las entidades no beneficiarias son las que hayan extinguido por despido improcedente contratos indefinidos en los 6 meses anteriores a la contratación; o las entidades que hayan sido sancionadas por falta grave o muy grave en materia de Prevención de Riesgos Laborales durante el año anterior a la solicitud de la subvención.
Las ayudas serán para hombres con una dotación de 4000 €, 8000 € para mujeres y 9000 € para colectivos alejados del mercado laboral y mujeres víctimas de violencia de género.
Las obligaciones de los beneficiarios serán las de mantener el puesto de trabajo subvencionado por un periodo mínimo de 3 años desde la contratación y mantener durante un periodo mínimo de un año el mismo número de contratos fijos que durante la contratación subvencionada.
La nueva convocatoria afecta a contratos indefinidos iniciales con desempleados inscritos en el SEPECAM que sean mujeres, hombres menores de 30 y mayores de 65 años, colectivos alejados del mercado laboral según aptdo. 1 del art. 2 de la Ley 44/2007, de 13 de septiembre, y los participantes de los últimos 6 meses en acciones de mejora de la empleabilidad.
También afecta a contratos indefinidos iniciales de relevo y de sustitución por jubilación anticipada con desempleados inscritos en el SEPECAM; así como a víctimas de violencia de género acreditadas.
Otro tipo de subvenciones se ofrecen a las empresas de sectores de actividad especialmente afectados por la crisis para la contratación indefinida por la crisis económica para la recolocación de trabajadores y fomento de la estabilidad en el empleo. Estos sectores son: el inmobiliario, construcción y afines.
Los colectivos subvencionables para este último grupo son los no ocupados e inscritos en el SEPECAM que hayan desarrollado una actividad laboral durante mínimo 6 meses en sectores especialmente afectados por la crisis y cuyo cese se produjo a partir del 1-08-07. También serán subvencionables los mayores de 45 años procedentes de sectores especialmente afectados por la crisis cuyo cese laboral se produjo desde el 1-08-07 a los que les sea transformado por la misma empresa en indefinido a jornada completa un contrato temporal de no más de 6 meses de duración.
Las entidades beneficiarias serán las empresas, entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, agrupaciones de personas físicas y jurídicas cuya contratación que solicita subvención suponga un incremento neto del empleo fijo en relación al promedio de la plantilla en los 6 meses anteriores a la contratación, incluyendo bajas voluntarias como no voluntarias.
Las entidades no beneficiarias son las que hayan extinguido por despido improcedente contratos indefinidos en los 6 meses anteriores a la contratación; o las entidades que hayan sido sancionadas por falta grave o muy grave en materia de Prevención de Riesgos Laborales durante el año anterior a la solicitud de la subvención.
Las ayudas serán para hombres con una dotación de 4000 €, 8000 € para mujeres y 9000 € para colectivos alejados del mercado laboral y mujeres víctimas de violencia de género.
Las obligaciones de los beneficiarios serán las de mantener el puesto de trabajo subvencionado por un periodo mínimo de 3 años desde la contratación y mantener durante un periodo mínimo de un año el mismo número de contratos fijos que durante la contratación subvencionada.
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