domingo, 25 de junio de 2006

Fallece una persona en Casas de Haro (Cuenca) tras ser atropellada

Una persona, de unos 50 años de edad, falleció hoy en la la localidad conquense de Casas de Haro (Cuenca), tras ser atropellada, cuando andaba por la calzada, por un vehículo que no ha sido identificado.
Según informó en nota de prensa la Subdelegación del Gobierno en la provincia, el suceso se produjo sobre las 5.30 horas de hoy a la altura del punto kilométrico 202'050 de la carretera N-301 (Madrid-Cartagena), en término municipal de Casas de Haro.
El fallecido ha sido trasladado al Tanatorio de San Clemente. Instruye diligencias e investiga las causas del accidente, Equipo de Atestados de Albacete, para el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número Dos de San Clemente.

Fomento instalará barreras de seguridad en la carretera que comunica Ocaña y el límite de Cuenca

El Ministerio de Fomento ha licitado las obras de mejora del balizamiento y sistemas de contención en la N-301, entre Ocaña y el límite provincial de Cuenca, con un presupuesto de licitación de 851.102,21 euros.
Según Fomento, las obras consisten en la instalación de barreras de seguridad en ambas márgenes manteniendo vigente la mayoría de barrera ya existente y agregando la necesaria.
Las actuaciones consistirán en el desmontaje de 624 metros de terminales de barrera en ambas márgenes en longitudes de ocho, dieciséis y, en algún caso veinticuatro metros.

LA CÁMARA DE COMERCIO DE BOGOTÁ SE INTERESA POR LA INNOVACIÓN Y EL DISEÑO DE CASTILLA-LA MANCHA

Gloria Henao González, responsable del Departamento de Apoyo Empresarial de la Cámara de Comercio de Bogotá-Colombia, ha visitado esta semana el Centro de Diseño de Castilla-La Mancha interesándose por el modelo de innovación y diseño que se está llevando a cabo la región y más concretamente en el Centro de Diseño, ubicado en Cuenca.El director, Miguel Ángel Mila, y el responsable de Marketing y Comunicación del Centro, Julen Navarro, mantuvieron una reunión con Gloria Henao a la que se informó de las actividades desarrolladas por este Centro, tales como la promoción de los diseñadores profesionales castellano-manchegos, jornadas, seminarios y exposiciones, Semana del Diseño en Castilla-La Mancha y proyectos de colaboración con instituciones y Confederación de Empresarios la región. Asimismo se le informó de los servicios de otros centros del Sistema Regional de Innovación de nuestra Comunidad Autónoma que centran gran parte de su esfuerzo en fomentar la innovación.También la responsable de la Cámara recibió información sobre los planes y proyectos que la Consejería de Industria y Tecnología está llevando a cabo en materia de innovación tales como los Planes de Apoyo a la Innovación en los sectores manufactureros (textil, calzado, mueble, etc.).Centro de Diseño de CLM como modeloHenao mostró especial interés por el modelo organizativo y funcionalidad del Centro de Diseño de Castilla-La Mancha y contó a sus responsables que la Cámara de Comercio de Bogotá tenía en mente crear un departamento o institución similar como la de nuestra región.“Supimos de vosotros a través de Internet y la Agencia de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, y nos pareció interesante venir a visitaros ya que sois un Centro con mucha actividad como lo demuestra vuestra página web”, comentaba Gloria Henao González.Cámara de Comercio de BogotáEn 1878 se creó la Cámara de Comercio de Bogotá con el objetivo de apoyar al sector empresarial y colaborar con el Gobierno del país en la regulación de la actividad mercantil. Después de 128 años de actividad sigue representando los intereses del sector empresarial y de la sociedad en general; otorgando formalidad a la actividad económica, fortaleciendo el desarrollo empresarial y contribuyendo a la mejor de la calidad de vida de Bogotá y su región.El Departamento de Apoyo Empresarial de la Cámara promueve la productividad y competitividad de las pymes del país, ofrece servicios especializados de orientación, diagnóstico de empresas, consultoría especializada, tutoría y soluciones financieras en diversos campos de la gestión empresarial.

PROCEDIMIENTOS IRREGULARES DE CONTRATACION EN EMPUSER.

El procedimiento utilizado para la selección del personal propio de esta empresa municipal -EMPUSER-, queda totalmente al margen de los usos habituales en las Administraciones Públicas.En Algunos casos, los procedimientos se apartan del más mínimo rigor técnico en materia de selección de personal incluso en el ámbito privado.Conviene señalar, en primer lugar, que en muchos casos se trata de selección de personal de inferior categoría y cualificación, siendo inadecuada la técnica de la entrevista de selección que se ha utilizado.La técnica de entrevista de selección está reservada, incluso en las empresas, para puestos de responsabilidad media o superior. En la Administración es una técnica muy poco utilizada porque no garantiza la objetividad y la imparcialidad en el proceso de selección, más bien al contrario.Empuser ha utilizado esta técnica incluso para la selección de peones.También se han utilizado pruebas psicotécnicas pero, increíblemente, se han diseñado para evaluar actitudes en lugar de aptitudes -formas de conducta, en lugar de capacidades-. Valores y rasgos de personalidad en lugar de conocimientos teóricos y prácticos. Se convierte así una herramienta a priori objetiva, en una prueba más sometida a valoración subjetiva y eventualmente arbitraria. Los candidatos obtienen la puntuación en función de la evaluación del psicólogo municipal, en cuestiones tan discrecionales como la mejor o peor disposición para el trabajo.Se ha negado al Concejal de Independientes por Cuenca el acceso al resultado de estas pruebas psicotécnicas, so pretexto de que contienen información confidencial, lo que nos hace sospechar lo peor. Conviene señalar que una prueba de selección de personal no puede contener, por definición, información clínica o personal de ningún tipo.Se ha incorporado también al proceso de selección una fase de valoración de méritos, que de nuevo incurre en falta de objetividad y transparencia, al privar a los aspirantes del conocimiento de los concretos méritos académicos y profesionales que van a ser objeto de valoración, así como la ponderación de cada uno ellos en la puntuación total de esta fase. El acceso al empleo público, en el que uno de los métodos legales de selección es el concurso de méritos convocado por una empresa pública, debe estar obligatoriamente regido por los cuatro pilares que establece la Constitución para el empleo público, y que EMPUSER incumple claramente. Estos pilares son la igualdad, publicidad, capacidad y mérito.Por todo ello, el concurso de méritos debe ser público y permanente. Desde el momento de la convocatoria de las plazas, hasta el día que expira el periodo de reclamaciones. Y la publicidad afecta, por supuesto, no solamente a las reglas del juego que figuran en la convocatoria, sino lo que es tanto o más importante, al expediente aportado por cada uno de los aspirantes. Eso es lo que garantiza, en parte, la defensión de todos en cuanto a que se ha respetado en todo momento el principio constitucional de igualdad.Por otra parte, un Concejal, por el hecho de serlo, no puede ser a su vez técnico de selección de personal en un Tribunal calificador en un proceso selectivo. Y en Empuser el Concejal Lázaro ha ostentado la incompatible condición de Técnico en selección de personal.
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS.
Los procedimientos de adjudicación de contratos por concurso público, son reducidos en función del volumen total de contratación de Empuser.En todos los concursos públicos analizados, se comete el error de considerar la experiencia como elemento que se puntúa para la adjudicación del contrato a la mejor oferta. La solvencia económica, profesional y técnica, la experiencia en última instancia, es un criterio de mínimos para los licitadores, de forma que de no cumplirlo, quedarían excluidos del proceso de adjudicación; pero no puede ser un criterio de adjudicación del contrato a la mejor oferta de entre las presentadas por los licitadores admitidos al proceso de adjudicación.El anterior criterio está ampliamente apoyado por los dictámenes de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.De los cuatro expedientes de contratación por concurso público, llama la atención que dos de ellos se refieran al mismo objeto, cual es la limpieza y mantenimiento de diversas zonas verdes.No tiene sentido fraccionar en dos contratos un mismo servicio, dando lugar a una diferente puntuación para una misma empresa en cada uno de los dos procedimientos de contratación, pues esto podría suponer un fraude a la legalidad.Tampoco es satisfactoria la supervisión por parte de Empuser de la adecuada ejecución en tiempo y forma de los trabajos que subcontrata.
IxC