miércoles, 28 de noviembre de 2007

CEOE impartirá unas jornadas de obligaciones higiénico sanitarias para el sector agroalimentario

La Confederación de Empresarios de Cuenca CEOE CEPYME impartirá una serie de jornadas informativas relativas a la obligatoriedad que tienen las empresas del sector agroalimentario de la provincia de Cuenca de implantar un sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Críticos (APPCC).
Las dos primeras jornadas tendrán lugar en la localidad de San Clemente a las 11:00 horas del día 5 de diciembre. Se trata de una jornada específica para el sector hostelero que afecta a bares, cafeterías, pubs, discotecas, etc que no ofrezcan comidas o un número inferior a 50 comidas diarias y almacenamiento, compra y venta en carnicerías. El lugar elegido será la sede de CEOE en la C/ Maestro Benito Moreno de San Clemente.
Por otro lado, se impartirá otra jornada de características semejantes a partir de las 17:30 horas también en la sede de la Asociación de Comerciantes y Empresarios de San Clemente y Comarca CEOE CEPYME ACESANC. En este caso, la jornada irá dirigida al sector de fabricación de embutidos, champiñones, panaderías, bodegas, hostelería (restaurantes y salones que ofrezcan comidas a un número superior a 50 comidas diarias).
La empresa responsable de ofrecer la charla será CSA Seguridad Alimentaria con la que CEOE CEPYME CUENCA tiene establecido un acuerdo de colaboración para organizar este tipo de actividades. Dicha empresa está especializada en todo el ámbito nacional a la Implantación y Desarrollo del Sistema APPCC, Auditorías Externas de Seguridad Alimentaria, Formación en Manipuladores de Alimentos, Tratamientos contra Legionella en Torres de Refrigeración y sistemas de agua Sanitaria, Tratamientos de Desinsectación, Desratización y Desinfección, Servicio de Analíticas de alimentos, aguas, superficies, etc, con laboratorio propio.
Finalidad del Sistema APPCC
La finalidad del sistema APPCC es identificar y mantener la seguridad de los alimentos como máxima prioridad y planificar la forma de evitar problemas en vez de esperar a que ocurran para controlarlos.
Dicha obligación es aplicable a empresas que lleven a cabo cualquiera de las actividades que tengan que ver con la preparación, fabricación, transformación, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación y venta o suministro de productos alimenticios, según marca el Real Decreto 2270-1995 y el Reglamento 852/2004, relativo a la higiene de productos alimenticios.

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