La Confederación de Empresarios de Cuenca CEOE CEPYME informa de la publicación el pasado 25 de diciembre de 2006, en el Boletín Oficial del Estado, del Real Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 “Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de Productos Petrolíferos Líquidos”, que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE, es decir, el 25 de marzo de 2007.
Esta Instrucción Técnica pretende llenar el vacío existente en la reglamentación, siendo su principal objeto establecer las obligaciones de los titulares de los tanques que estén fuera de servicio o que vayan a quedar en ese estado, de realizar un proceso de desgasificación y limpieza previos a su rellenado o extracción.
Para ello, los propietarios de los tanques de PPL (Productos Petrolíferos Líquidos) que a la entrada en vigor de este Real Decreto se encuentren en situación de fuera de servicio, deberán notificarlo al órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que estuvieran registrados, en el plazo de 6 meses a partir de la entrad en vigor de este Real Decreto (hasta septiembre de 2007) aportando una memoria técnica descriptiva de lo realizado en su instalación de almacenamiento de productos PPL y especificando el procedimiento seguido para el tratamiento de residuos además de un documento reglamentario de control y seguimiento de residuos peligrosos.
Los titulares de tanque de almacenamiento de PPL que estén en situación de desuso en el momento de la entrada en vigor de este RD, dispondrán de dos años (hasta el 25 de marzo de 2009) para dejarlos fuera de servicio siguiendo el procedimiento que se establece en la ITC MI-IP 06.
Ámbito de Aplicación
Tanques que estén fuera de servicio o que estén en desuso y vayan a ser puestos fuera de servicio y que durante su vida útil hayan estado destinados al almacenamiento de PPL, con la excepción de los que hayan contenido productos de las Clases C o D y su capacidad no supere los 1.000 litros.
El procedimiento de puesta en fuera de servicio y ejecución contiene 11 pasos a seguir como pueden ser: los trabajos previos y preparación del entorno; apertura de la boca de hombre; desgasificación del tanque; limpieza y extracción de residuos; acceso al interior; limpieza del interior; extracción y gestión medioambiental de los residuos y materiales de limpieza – todos estos pasos deberán realizarse de acuerdo a la UNE-53991- Los siguientes pasos son los de medición de la atmósfera explosiva e inspección visual; rellenado o extracción del tanque; sellado de la instalación; y consolidación del terreno.
Este procedimiento lo realizará la empresa reparadora autorizada de PPL. Si es un tanque de eje vertical y capacidad superior a 500 metros cuadrados también lo podrá hacer la empresa propietaria del tanque, siempre y cuando disponga de los medios técnicos y humanos necesarios. Una vez finalizados los trabajos se extenderá un certificado.
Obligaciones y responsabilidades
Los titulares de los tanques serán responsables de que se realice este procedimiento. La empresa reparadora será responsable de seguir el procedimiento establecido, de expedir el certificado y de gestionar los residuos de acuerdo con la normativa vigente.
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