La Confederación de Empresarios de Cuenca CEOE CEPYME informa de las ayudas que ha convocado la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para las empresas afectadas por las inundaciones en Castilla-La Mancha de finales de mayo de 2007 para la inversión empresarial.
La característica común para recibir estas ayudas es que todas las empresas hayan sido afectadas por las inundaciones de finales de mayo de 2007 y que los establecimientos mercantiles se sitúen en términos municipales delimitados por la Junta.
Serán subvencionables las inversiones realizadas en inmovilizado material de primera adquisición, así como los gastos necesarios para su puesta en funcionamiento; y en concreto, serán subvencionables: la obra civil, la adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje, mobiliario y enseres; y equipos para procesos de información.
Las ayudas se distinguen según el tipo de entidad beneficiaria de que se trate:
Según la orden de la Consejería de Industria y Tecnología de 01-06-2007 para el caso de que las personas jurídicas que tengan la condición de pyme o microempresa la subvención será de hasta el 30% de la inversión aprobada a fondo perdido.
El plazo de solicitud para este tipo de personas jurídicas será de un mes desde la publicación de la convocatoria para solicitar las ayudas cuyo plazo finaliza el 13 de julio.
Además y según la orden de 06-06-2007 de la Consejería de Trabajo y Empleo convoca ayudas a trabajadores autónomos, cooperativas y sociedades laborales para
la financiación de las inversiones necesarias en las instalaciones dañadas o afectadas por las inundaciones de finales de mayo.
La cuantía de estas ayudas para cualquier tipo de estas entidades ascenderá hasta el 60 por ciento del total de la inversión aprobada a fondo perdido.
La característica común para recibir estas ayudas es que todas las empresas hayan sido afectadas por las inundaciones de finales de mayo de 2007 y que los establecimientos mercantiles se sitúen en términos municipales delimitados por la Junta.
Serán subvencionables las inversiones realizadas en inmovilizado material de primera adquisición, así como los gastos necesarios para su puesta en funcionamiento; y en concreto, serán subvencionables: la obra civil, la adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje, mobiliario y enseres; y equipos para procesos de información.
Las ayudas se distinguen según el tipo de entidad beneficiaria de que se trate:
Según la orden de la Consejería de Industria y Tecnología de 01-06-2007 para el caso de que las personas jurídicas que tengan la condición de pyme o microempresa la subvención será de hasta el 30% de la inversión aprobada a fondo perdido.
El plazo de solicitud para este tipo de personas jurídicas será de un mes desde la publicación de la convocatoria para solicitar las ayudas cuyo plazo finaliza el 13 de julio.
Además y según la orden de 06-06-2007 de la Consejería de Trabajo y Empleo convoca ayudas a trabajadores autónomos, cooperativas y sociedades laborales para
la financiación de las inversiones necesarias en las instalaciones dañadas o afectadas por las inundaciones de finales de mayo.
La cuantía de estas ayudas para cualquier tipo de estas entidades ascenderá hasta el 60 por ciento del total de la inversión aprobada a fondo perdido.
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