miércoles, 3 de enero de 2007

Jornada informativa sobre la devolución parcial del impuesto para el gasóleo de uso profesional, organizada por DISCONGAS y CEOE CEPYME CUENCA

El pasado día 30 de noviembre se publicó la Ley 36/2006, de 29 de noviembre de Medidas para la Prevención del Fraude Fiscal. En su artículo 4 se procede a modificar la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, introduciendo un artículo que permite devolver parcialmente, a los titulares de algunos vehículos, el Impuesto sobre Hidrocarburos.
A través de esta medida los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías por carretera, transporte de pasajeros, y taxis, pagarán el coste total del combustible en las gasolineras, pero el exceso pagado por el impuesto se les reintegrará más tarde.
Desde DISCONGAS se ha considerado un tema muy importante, y por este motivo celebrará una jornada informativa en la Sala de Juntas de la Confederación de Empresarios de Cuenca, el próximo día 11 de enero, a las 11:00 horas. Jornada en la que se explicará, a cargo de Antonio Pérez, Jefe de Sección de II.EE, la base y tipo de devolución de este impuesto, la cuantía máxima y el procedimiento para la devolución.
El gasóleo profesional, el gasóleo agrícola, la presentación telemática, el régimen de intervención, el requerimiento de errores, y las declaraciones consumidores finales, serán algunos de los temas que se abordarán en esta charla.

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