
El 3 de julio de 1997, las Cortes Generales aprobaron por unanimidad una reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, recogida en la Ley Orgánica 3/1997, la cual eleva el techo competencial de la región.Además de la ampliación de competencias, el nuevo Estatuto de Autonomía supone «la mayoría de edad para la Región», y hace también referencia a aspectos relativos a las Cortes regionales y el Gobierno castellano-manchego.Así, establece el número de diputados regionales en un mínimo de 47 y un máximo de 59, amplía el periodo de sesiones en las Cortes y otorga al jefe del Ejecutivo, para que, en determinadas circunstancias, pueda disolver la Cámara.Policía NacionalTambién se suprime el límite de miembros del Gobierno regional y faculta a la Región para adscribir una unidad de Policía Nacional para la vigilancia de los edificios e instalaciones de la Administración regional.Asimismo, la Ley 26/2002, de 1 julio, de régimen de cesión de tributos del estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de fijación del alcance y condiciones de dicha cesión (artículo 1.º), modifica la disposición adicional primera, apartado 1.
En la actualidad, los grupos parlamentarios con representación en las Cortes regionales estudian la reforma del texto del Estatuto de Autonomía castellano-manchego, que podría ser aprobada en el último periodo de sesiones de esta legislatura.